El Modelo 232 de Declaración informativa de operaciones vinculadas es una de esas obligaciones fiscales que muchas empresas desconocen… hasta que Hacienda llama a la puerta. Si tu empresa realiza operaciones con entidades del mismo grupo, socios o administradores, este modelo puede ser obligatorio y su incumplimiento conlleva sanciones importantes.
En este blog te explicamos qué es el Modelo 232, quién debe presentarlo, cuándo y cómo hacerlo correctamente, para evitar errores y cumplir con la Agencia Tributaria.
📘 ¿Qué es el Modelo 232?
El Modelo 232 es una declaración informativa que deben presentar las sociedades para comunicar a la Agencia Tributaria las operaciones vinculadas y las operaciones relacionadas con países o territorios considerados paraísos fiscales.
Estas operaciones están reguladas en el artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y su finalidad es garantizar que las transacciones entre empresas del mismo grupo o con personas vinculadas se realizan a valor de mercado, evitando así posibles prácticas de elusión fiscal.
👥 ¿Quién está obligado a presentar el Modelo 232?
No todas las empresas deben presentarlo. Están obligadas aquellas que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
- Hayan realizado operaciones vinculadas con una misma persona o entidad por un importe total superior a 250.000 € en el ejercicio.
- Hayan efectuado operaciones específicas, como con socios o administradores, o con entidades residentes en paraísos fiscales, aunque el importe no supere ese límite.
- Hayan aplicado la reducción de rentas procedentes de determinados activos intangibles (artículo 23 y disposición transitoria 20ª de la LIS).
👉 En resumen: si tu empresa forma parte de un grupo o tiene relaciones económicas con socios o entidades relacionadas, revisa si debes presentar el Modelo 232.
📅 ¿Cuándo se presenta el Modelo 232 en 2025?
El plazo habitual para presentar el Modelo 232 es del 1 al 30 de noviembre del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal.
Por tanto, las operaciones realizadas durante 2024 deberán declararse entre el 1 y el 30 de noviembre de 2025.
La presentación se realiza exclusivamente por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
🧾 ¿Qué información se incluye?
El Modelo 232 recoge distintos tipos de información:
- Identificación de las partes vinculadas.
- Tipo de operación y valor de mercado aplicado.
- Método de valoración utilizado.
- Importe total de las operaciones realizadas.
- Operaciones con paraísos fiscales.
Es importante detallar cada tipo de operación por separado (préstamos, prestación de servicios, cesiones, etc.), ya que Hacienda puede cruzar esta información con otros modelos, como el 200 o el 303.
⚠️ Errores frecuentes que debes evitar
- Declarar fuera de plazo. Aunque es informativo, el retraso puede acarrear sanciones económicas.
- Omitir operaciones pequeñas. Si forman parte del mismo tipo de transacción, deben sumarse.
- No conservar la documentación de precios de transferencia. Hacienda puede requerirla en una inspección.
- No coordinarlo con el Modelo 200. Ambos deben reflejar datos coherentes para evitar discrepancias.
💡 Consejos para una correcta presentación
- Revisa tus operaciones con socios o empresas del grupo con antelación.
- Mantén la documentación de precios de transferencia actualizada.
- Si tienes dudas sobre la valoración, consulta con una asesoría fiscal especializada.
- No esperes a noviembre: planifica y recopila la información durante todo el año.
